REGULARIZACIÓN APROBADA: REQUISITOS Y DOCUMENTOS

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¡Por fin! Llegó el momento para el que nos estábamos preparando.

El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el que se modifica el Reglamento de Extranjería, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. ¿Y eso qué significa? Que ha llegado la hora de preparar correctamente tu expediente para presentar la solicitud.

A partir del 16/04 y hasta el 30/06/2026 se podrán presentar las solicitudes de regularización extraordinaria . La vía telemática está disponible desde el primer día y la presencial se habilita con cita previa unos días después.

Pero hay algo importante: a última hora se han introducido cambios relevantes en los requisitos que afectan directamente a muchos extranjeros.

En concreto, los apartados once y doce del artículo único del Real Decreto establecen dos grandes supuestos, cada uno con su propia lógica y requisitos.

1) Arraigo para solicitantes de protección internacional:

  • Ser mayor de edad y encontrarse en España.
  • Haber solicitado asilo antes del 01/01/2026.
  • No ser titular de una autorización de residencia o estancia en vigor o en trámite.
  • Haber permanecido en España de forma ininterrumpida durante los cinco meses anteriores a la solicitud.
  • Carecer de antecedentes penales y policiales, en España y en el país de origen.

Además, podrán solicitar simultáneamente el arraigo los padres, el cónyuge o la pareja registrada, siempre que exista convivencia.

Un punto clave: no se debe desistir de la solicitud de protección internacional antes de presentar la regularización. El desistimiento se produce después, una vez exista resolución favorable.

2) Arraigo extraordinario (para quienes no han solicitado protección internacional)

  • Ser mayor de edad y encontrarse en España
  • No ser titular de una autorización de residencia o estancia en vigor o en trámite
  • Haber permanecido en España de forma ininterrumpida durante los cinco meses anteriores a la solicitud
  • Carecer de antecedentes penales y policiales, en España y en el país de origen

Y además, acreditar uno de los siguientes elementos:

  • Haber trabajado de forma legal por cuenta ajena o propia (en caso haber tenido autorizaciones anteriores) (informe de vida laboral actualizado)
  • Presentar una o varias ofertas de trabajo (cualquier modalidad contractual superior a 90 días)
  • Presentar una declaración responsable conforme se trabajará como autónomo
  • Vivir junto con su unidad familiar: padres, hijos menores o hijos mayores con discapacidad (por tanto aportar certificado de nacimiento apostillado y certificado de empadronamiento colectivo)
  • En caso de no cumplir con ninguno de los requisitos anteriores, aportar un certificado de vulnerabilidad, el cual lo emiten los servicios sociales de los ayuntamiento o las entidades colaboradoras de Extranjería

Sobre el certificado de vulnerabilidad

Aquí está uno de los puntos más sensibles del procedimiento.

Cuando no se puede acreditar ninguna de las otras vías, el acceso a la regularización pasa necesariamente por este certificado. No es opcional.

Este documento debe ser emitido por servicios sociales o por entidades acreditadas dentro del Registro de Colaboradores de Extranjería, y debe estar correctamente firmado y validado.

En la práctica, esto no es un trámite sencillo ni automático. Requiere enfoque, documentación y, sobre todo, saber cómo encajar el caso dentro de los criterios que están aplicando las entidades.

Nuestra consultoría trabaja de forma directa con entidades acreditadas, lo que nos permite gestionar este punto con mayor seguridad jurídica y evitar bloqueos en el expediente.

Documentación general

Además de lo anterior, todos los expedientes deberán incluir:

  • Copia completa del pasaporte
  • Certificado de empadronamiento actualizado
  • Pruebas de permanencia en España
  • Certificados de antecedentes penales

A partir de ahí, la documentación varía en función de la vía elegida.

Si estás en esta situación, lo más importante ahora es tener claro:

  • en qué supuesto encajas
  • qué pruebas necesitas exactamente
  • y cómo preparar el expediente sin errores

Estamos revisando casos de forma individual y definiendo la estrategia antes de presentar.

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