¿Cómo trabajar legalmente en España si estás en trámite de arraigo? [Guía 2025]

¿Cómo trabajar legalmente en España si estás en trámite de arraigo? [Guía 2025]

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Porque regularizarte no debería hacerte invisible

Cuando una persona inicia su proceso de arraigo en España —ya sea social, laboral o familiar— muchas veces surge una duda inmediata y urgente:
¿Puedo empezar a trabajar legalmente o debo esperar hasta tener la resolución final?

Esta guía está pensada para darte claridad, seguridad y herramientas útiles en esa transición legal tan importante.

¿Qué es el arraigo y por qué da acceso al trabajo?

El arraigo es una de las vías de residencia por circunstancias excepcionales en España. Permite regularizar tu situación si has vivido en el país de forma continuada y cumples con ciertos requisitos sociales, familiares o laborales.

Existen tres tipos principales:

  1. Arraigo social: Requiere al menos 3 años de permanencia y una oferta laboral.
  2. Arraigo laboral: Para personas que hayan trabajado al menos 6 meses de forma demostrable.
  3. Arraigo familiar: Para padres de menores españoles o hijos de españoles de origen.

Todos ellos pueden incluir habilitación para trabajar si se solicita adecuadamente.

¿Cuándo puedes empezar a trabajar legalmente?

Depende de un detalle clave:
¿Tu resguardo de solicitud incluye la habilitación para trabajar?

Si el resguardo incluye la frase “habilita para trabajar”

Entonces puedes empezar a trabajar desde el momento en que te entregan el resguardo, incluso sin resolución aún.

Si el resguardo no incluye habilitación

Tendrás que esperar a la resolución favorable para firmar contrato o comenzar a trabajar legalmente.

Este punto depende de cómo se presenta la solicitud. Si has solicitado arraigo con permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, el resguardo debería incluir esa habilitación.

¿Qué dice la ley?

Según la legislación vigente (Reglamento de Extranjería y sus reformas):

“La presentación de la solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales, cuando se solicite conjuntamente la autorización para trabajar, conllevará la habilitación para trabajar desde el momento en que se expida el resguardo que así lo indique.”

Eso significa que la clave no es solo el tipo de arraigo, sino cómo se formula la solicitud.

¿Puedo firmar un contrato de trabajo estando en trámite?

Solo si tu resguardo está expresamente habilitado para trabajar.
En ese caso, puedes:

  • Firmar contrato.
  • Ser dado de alta en la Seguridad Social.
  • Estar cubierto por derechos laborales como cualquier trabajador legal.

Algunas empresas desconocen esta posibilidad. Puedes mostrarles el resguardo y, si es necesario, consultar con un abogado o asesor especializado.

¿Qué riesgos hay si empiezo a trabajar sin estar habilitado?

Trabajar sin estar legalmente habilitado mientras estás en trámite puede perjudicar tu proceso:

  • Podrías ser objeto de inspección o sanción.
  • La empresa puede tener problemas si te contrata irregularmente.
  • Podrían rechazarte la solicitud si demuestras actividad laboral no autorizada.

Consejo EA1C: Evita asumir que estar “en trámite” equivale a poder trabajar. Solo el resguardo con habilitación lo permite.

¿Cómo debe ser el resguardo?

Cuando presentas tu solicitud de arraigo, te entregan un resguardo oficial que debe indicar:

  • Fecha de presentación.
  • Número de expediente.
  • Tipo de autorización solicitada.
  • Y lo más importante: “Este documento habilita para trabajar mientras se resuelve la solicitud.”

Si no aparece esa frase, consulta inmediatamente con Extranjería o pide asesoramiento.

¿Y si aún no tengo oferta laboral?

Si estás tramitando arraigo social sin oferta, aún no estarás habilitado para trabajar.
Pero puedes:

  • Iniciar un proyecto de cuenta propia (autónomo).
  • Buscar empleo para modificar tu solicitud antes de la resolución.
  • Consultar opciones como el arraigo por formación, que permite estudiar algo orientado al empleo.

¿Cómo ayudarte desde Extranjería a un Click?

En EA1C te orientamos para:

  • Presentar correctamente la solicitud con habilitación para trabajar.
  • Revisar si tu resguardo te permite empezar a trabajar ya.
  • Ayudar a tu empleador a entender el proceso y contratarte legalmente.
  • Acompañarte legalmente hasta la resolución del arraigo.

Porque trabajar legalmente es tu derecho si el proceso se hace bien desde el inicio.

Si estás en trámite de arraigo y tu resguardo incluye la habilitación para trabajar, puedes comenzar a trabajar legalmente sin esperar la resolución. Si no lo incluye, tendrás que esperar.

Tu documento tiene la respuesta. Léelo, entiéndelo y asesórate.

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